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segun opine el Asesor, y apruebe el Comandante del Presidio, que podrá representar al
Capitan General en caso de duda.
35º.‐
Los Cabos de vara solo podrán castigar con dos palos a los desterrados en los unicos
casos de replicas, ó inovediencia.
36º.‐
Los Capatazes podrán hacerlos castigar hasta con ocho palos por las faltas ordinarias
de no querer trabajar, ser mal hablados, desobedientes, provocativos, jugadores, y
escandalosos.
37º.‐
Los Ayudantes harán castigar las faltas más graves, y que puedan tener consecuencias,
imponiendo hasta quince palos.
38º.‐
Los excesos de mayor consideracion que cometan los Presidiarios, serán puestos en
noticia del Comandante, por el conducto de sus Ayudantes, el qual hecho cargo de la
naturaleza de la falta podrá imponer hasta treinta palos sino fuese en los casos que expresan
los Articulos anteriores.
39º.‐
Los Comandantes, y Ayudantes de los Presidios, harán sufrir las penas impuestas
irremisiblemente como queda dicho en el Articulo 8º, toda la consideracion que se podrá
tener será la de disminuir la dureza del castigo con relacion a lo dévil de la salud, ó conducta
anterior del delinquente, ó su utilidad en los trabajos.
40º.‐
Los Subinspectores oirán las quejas que den los Presidiarios contra lo prevenido en el
Articulo anterior, y verificadas que sean se pararán de sus comisiones, á todos aquellos
empleados que por su caracter devil, no son capaces de desempeñarlas.
TITULO XVII
ALIVIOS QUE PUEDEN OBTENER LOS PRESIDIARIOS
1º.‐
Quando por haber cometido un desterrado varios delitos en distintas jurisdicciones
fuese condenado separadamente por ellas á Presidio, solo se detendrá en él, los años que
exprese la condena mas fuerte; y para evitar reclamaciones, y que el Presidiario no sea
perseguido por alguna jurisdiccion, se expresará así en la licencia que á su tiempo le dé el
Subinspector.
2º.‐
Los Presidiarios de segunda clase, cuyas condenas excediesen de seis años, serán
encadenados en collera; mas si durante un año diesen muestras de correccion, solo se les
pondrá un ramal, que aun tambien se les quitará, dejandoles un simple grillete, si llegan a
cumplir sin nota la mitad del tiempo de sus condenas.