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El sindicato Acaip reclama que Instituciones Penitenciarias pase del Ministerio del Interior a Justicia

Fuente: El cierre Digital

El sindicato mayoritario de prisiones considera que existe la necesidad de que los funcionarios de las cárceles conformen un cuerpo civil no policial

La Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias a través del sindicato  mayoritario en el sector Acaip, afiliado a la Unión General de Trabajadores (UGT), ha solicitado al nuevo Gobierno de Pedro Sánchez que en la próxima organización de los departamentos ministeriales con la consiguiente promulgación de los Reales Decretos de Reestructuración y de Estructura Orgánica Básica, la adscripción de las Instituciones Penitenciarias al Ministerio de Justicia.
En su guerra abierta con el renovado ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska,  el sindicato de presiones Acaip-UGT pide al presidente de Gobierno Pedro Sánchez que considere la necesidad de ubicar el organismo de Instituciones Penitenciarias así como el cumplimiento de las condenas dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y no de Interior como hasta ahora sucede. "Lo que entendemos sería una oportunidad de modernizar Institución", afirman a elcierredigital.com.

Según Acaip, "la ubicación de las prisiones bajo el manto del Ministerio del Interior no ha sido, en absoluto, una constante en España. Así, las prisiones civiles comenzaron a depender del Ministerio de Gracia y Justicia en el año 1887 y bajo dicha competencia permanecieron durante más de cien años".

Señalan que "en la dictadura franquista, se mantuvo esta ubicación y en el ¨Reglamento de los Servicios de prisiones de 1948, se establecía en su artículo 1 que “las Instituciones Penitenciarias que en este Reglamento se regulan, constituyen Centros destinados no sólo a la retención y custodia de los detenidos, presos y penados, sino también, y primordialmente, a realizar sobre ellos una labor transformadora y redentora con arreglo a los principios y orientaciones de la ciencia penitenciaria”, para completarlo con su artículo tercero que indicaba que para la aplicación de este tratamiento recuperador las Prisiones dependientes del Ministerio de Justicia, a cargo del personal del Cuerpo Especial de Prisiones y bajo la Dirección General de dicho Cuerpo Especial, se dividirán en tres clases: Centrales, Provinciales y de Partido”.

 Mandato de Felipe González

Durante el Gobierno del líder socialista  Felipe González Márquez, se decidió crear un Ministerio de Justicia e Interior. El artículo 1 del Real Decreto 1334/1994, de 20 de junio, de estructura básica del Ministerio de Justicia e Interior, situó al mismo nivel a la entonces denominada Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, junto a la Secretaría de Estado de Justicia y a la Secretaría de Estado de Interior, dependiendo todas ellas del Ministro.

Fue en el primer Gobierno de José María Aznar en el que se rompió con la tradición española al atribuir al Ministerio del Interior de Jaime Mayor Oreja la competencia en materia penitenciaria. El RD 758/1996, de 5 de mayo, volvió a separar los Ministerios de Justicia y de Interior. Sin embargo, la estructura no reprodujo la situación anterior a la fusión. Así, el RD 765/1996, de 7 de mayo, determinó la estructura orgánica básica, entre otros, del Ministerio del Interior y asignándole la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, dependiendo directamente del Ministro.

En el año 2004, la DGIP pasó a depender de la Subsecretaria del Ministerio del Interior y es mediante el RD 991/2006 de 8 de septiembre por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, por el que la DGIP pasa a depender directamente de la Secretaria de Estado de Seguridad. Sin embargo, el sindicato Acaipr cree que "las prisiones deben estar bajo la responsabilidad de Autoridades Públicas y estar separadas de los Servicios del Ejército, de la Policía, y de la investigación criminal".

Cuerpo civil y no policial

También desde el sindicato mayoritario de prisiones consideran que existe la necesidad de que los funcionarios de prisiones conformen un cuerpo civil no policial, en los siguientes términos:

"Un servicio civil. No policial. En lo que respecta a la separación de funciones, es importante que exista una clara separación organizativa entre la policía y el servicio penitenciario. Normalmente, la policía es responsable de investigar los delitos y de arrestar a los delincuentes. Una vez que una persona ha sido detenida o arrestada, deberá ser presentada a la mayor brevedad posible ante la autoridad judicial y, si ésta así lo decide, quedar en prisión preventiva bajo la custodia del servicio penitenciario. En muchos países, la administración de la policía está bajo la jurisdicción del Ministerio del Interior, y la administración penitenciaria es responsabilidad del Ministerio de Justicia. Éste es uno de los métodos para garantizar la separación de poderes y de subrayar la estrecha vinculación que debe existir entre la autoridad judicial y el sistema penitenciario (...).

Según Acaip, "España es una rara avis dentro del derecho comparado europeo, al ser el único país que incumple los preceptos transcritos. Del estudio comparativo realizado, los principales países europeos, representantes de tradiciones jurídicas diferentes y en situaciones históricas y políticas particulares y distintas, respetan la norma anterior. En concreto y entre otros: Francia, Alemania, Inglaterra, Holanda, Bélgica, Italia y Portugal. Lo más raro, lo más incomprensible consiste en que dentro del mismo Estado, con el mismo sistema judicial y la misma tradición jurídica, dispongamos de dos ubicaciones diferentes del Sistema Penitenciario: en Cataluña, que tiene asumidas las competencias, se incluyen en el Departamento de Justicia, y en el resto del Estado en el Ministerio del Interior2.

Señalan que "en todos los países del Consejo de Europa, las Prisiones están incardinadas dentro del Ministerio de Justicia, encontrando como excepciones únicamente a España y Hungría. Y, además, permite unificar internamente una diferenciación que no tiene ninguna justificación2.

"Por lo tanto, consideramos que el momento actual permite dar un nuevo impulso al mandato constitucional de reeducación y reinserción, habiendo cambiado sustancialmente las condiciones que en 1996 llevaron al Gobierno a ubicar Instituciones Penitenciarias en el Ministerio del Interior. Consideramos que nuestro servicio fundamental a la Sociedad sin duda se verá reforzado ubicando directamente la ejecución penal dentro del mismo Ministerio del que depende la imposición de las penas privativas de libertad y las medidas alternativas. Se trata de nuestro sitio natural y en el que mejor podemos realizar nuestra labor, apartados de otro tipo de focos que distorsionan nuestra naturaleza y cometidos", concluyen.

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