Page 8 - C_2010_04

Basic HTML Version

8
c.-
Los penados
deben cumplir cuantos otros deberes les hayan sido impuestos en
Sede Judicial, en virtud de las Reglas de conducta 1ª y 2ª del Artículo 83 del Código
Penal.
Atendiendo a estas premisas, el presente
Manual
contiene las
tareas y trámites
específicos a que deben adecuarse todos los Servicios en orden a este tipo de
suspensiones y sustituciones de condena. Este Manual se complementa con la
Metodología
a seguir en aplicación del Programa Marco de Intervención sobre
Agresores en Violencia de Género, adaptada al campo de la Penas y Medias
Alternativas.
Las Direcciones de los CP/CIS correspondientes, dispondrán las actuaciones
oportunas para dotar a los profesionales de los medios materiales necesarios para la
aplicación del Programa (medios audiovisuales, medios de evaluación).