MINISTERIO
DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE
INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS
63
Notificación de
Revisión de Clasificación
mod. NRC
NIS : ----------
La Junta de Tratamiento, en su sesión de fecha --/--/---- , de conformidad
con lo establecido en los arts. 65.4 de la Ley Orgánica General Penitenciaria y
105.1 del Reglamento Penitenciario, ha procedido al estudio individualizado de
la clasificación del penado ------------- -----------------, ---------------
y, tras valorar las variables previstas en el art. 102.2 del Reglamento, ha
adoptado el siguiente acuerdo:
---------------------- ------------------------
por no concurrir, de momento, suficientemente cualificadas las circunstancias
establecidas en el art. 106.2 del R.P. y en concreto
(Espacio para la motivación)
Esta revisión será reconsiderada de forma periódica en función de la
evolución del tratamiento dentro de un plazo máximo de seis meses. Si reúne los
requisitos establecidos en los arts. 65.4 de la L.O.G.P. y 105.3 del R.P., el
interno podrá solicitar que su próxima propuesta de clasificación se realice por
la Central Penitenciaria de Observación.
Por otra parte, se hará saber al interno el derecho que le asiste de
solicitar, en el plazo máximo de un mes contado desde el día siguiente al de la
práctica de la presente notificación (art. 115.1 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), que
se remitan los correspondientes informes al Centro Directivo para que resuelva
lo procedente sobre el mantenimiento o cambio de grado. Una vez que haya
resuelto el Centro Directivo, su decisión es recurrible ante el Juez de
Vigilancia Penitenciaria, de acuerdo con lo previsto en los arts. 76.2,f) de la
LOGP y 31.1 del RP.
-----------, --/--/----
EL PRESIDENTE DE LA
JUNTA DE TRATAMIENTO
Recibí copia de la presente notificación Notificado el día