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MINISTERIO
DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE
INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS
94
Se ha implementado una nueva utilidad para la remisión al Centro Directivo de las resoluciones
judiciales emanadas de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y Tribunales sentenciadores que,
al resolver recursos de alzada, reforma o reposición, modifican la clasificación de un penado. En el
mismo documento se propone, de forma razonada, el centro de destino para cumplimiento en el
nuevo grado establecido.
De esta forma se agiliza la gestión de su tramitación, no siendo ya necesaria la redacción de oficios
individualizados ni la emisión del modelo PCD para estos efectos.
La emisión de este documento se efectúa desde la fase que recoge la correspondiente resolución
judicial en la pantalla de Tramitar Grado.
En cuanto a la operación (clasificación, progresión, regresión o continuidad) que debe atribuirse a
dicha resolución judicial y con independencia de cuál sea el literal contenido en su parte dispositiva,
aquella deberá fijarse en función de la operación de la resolución previa (de la Administración o del
JVP) recurrida y del sentido -estimatorio o desestimatorio- del auto que resuelve el recurso. Para
ello, habrá que retrotraerse mentalmente al momento y situación previos de la resolución recurrida:
la operación será la que debería haber efectuado el órgano de la resolución recurrida para que
hubiera sido conforme con el sentido de la resolución del órgano que resuelve el recurso.
En la Tabla 12 se recoge la lógica interna de las relaciones entre las operaciones de las diferentes
resoluciones.
TABLA 12
Relaciones entre las operaciones de grado,
en vía administrativa y en primera y segunda instancia de recurso
Administración
JVP
Audiencia Provincial
Estimat.
Desest.
Estimatorias
Desestimatorias
> Est
> Desest
> Est
> Desest
C
C
C
C
C
C
C
V
P
V
V
P
P
V
P
V
P
P
V
V
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V
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