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MINISTERIO
DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE
INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS
2
PRINCIPIOS GENERALES DE USO DE INTERNET Y DEL CORREO
ELECTRÓNICO
La institución está obligada a diseñar una política de acceso a Internet y de
uso del correo electrónico, minimizando los riesgos.
Dicha política se resume en las siguientes premisas generales:
El uso que cada usuario haga de Internet se restringirá a los requerimientos
del servicio que éste presta a la Administración. No se utilizará Internet para
fines particulares. En cuanto al correo electrónico, se podrá enviar y recibir
únicamente contenido estrictamente relacionado con las tareas propias del
puesto de trabajo. Se prohíbe suscribirse a cualquier publicación o foro de
Internet utilizando el correo oficial.
El uso de Internet se restringirá a la navegación y visualización de páginas
web a través de los navegadores de Internet (Internet Explorer y similares).
No se podrá, como norma general, descargar ficheros, por las implicaciones
negativas que ello conllevaría tanto para el ancho de banda (ficheros
“grandes” podrían colapsar el acceso a Internet de la institución) como para la
seguridad (ficheros infectados con virus, programas espías o troyanos,
etcétera), como para los derechos de autor (la descarga de ficheros desde
Internet –música, libros, películas- en muchos casos viola las disposiciones
sobre propiedad intelectual y derechos de autor vigentes).
Los usuarios que accedan a Internet estarán identificados y autentificados en
todo momento. Es decir, cada usuario accederá a Internet únicamente desde
su cuenta personal de usuario de red. La responsabilidades que pudieran
derivarse de un incorrecto uso de Internet serán exigidas al funcionario desde
cuya cuenta se hubiera originado el acceso.
Con una periodicidad de tres meses se realizarán informes sobre el uso de
Internet y del correo electrónico por los usuarios de la institución.
CLASIFICACIÓN DE LOS PERFILES DE ACCESO
De acuerdo con las necesidades del servicio, se establecen tres posibles
perfiles de navegación en Internet. Cuando a un usuario se le autorice el acceso a
Internet, se le asignará uno de dichos tres perfiles. La capacidad de acceso a
Internet de cada usuario se verá limitada por el tipo del perfil al que pertenezca.
Dichos perfiles son los siguientes: