multidisciplinares, junto a la evaluación de los resultados, nos permitirá cada
vez más avanzar en el eficaz abordaje de la reinserción social.
- En el Procedimiento-3,
se establecen las actuaciones que deberán
seguirse en la asignación de las actividades prioritarias y complementarias del
interno desde el momento de su ingreso en un centro penitenciario, los
criterios para la valoración de la participación en dichas actividades y para la
obtención de recompensas y beneficios penitenciarios con el objetivo de
potenciar y estimular la participación del conjunto de la población penitenciaria
en los programas individualizados de tratamiento.
4. GESTIÓN DE LAS ACTIVIDADES EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS.
Con el objetivo de disponer de herramientas más ágiles de trabajo que faciliten
la labor de los profesionales dedicados a la gestión de la participación de las
actividades de los internos en los centros penitenciarios, se ha elaborado una
aplicación informática en el Sistema de Información Penitenciaria (
SIP
), que
recoge los datos de las actividades de cada interno, la evaluación de su
participación mediante un sistema de puntos así como la valoración trimestral
a efectos de la posible obtención de recompensas y a más largo plazo de
beneficios penitenciarios.
Mediante esta aplicación informática es posible obtener la suficiente
información para que en un futuro próximo puedan ser eliminados las fichas-
registros que se remiten mensualmente por parte de los centros a este Centro
Directivo.
La gestión de esta aplicación informática del SIP, requiere que por parte del
Consejo de Dirección de cada Centro, se asigne un número de profesionales
suficientes para conseguir una correcta ejecución de la tarea, estableciendo al
mismo tiempo los cauces y procedimientos de coordinación necesarios para
que la
Unidad de
Evaluación
pueda disponer de los datos en la forma y
tiempo preciso, tal y como se establece en Procedimiento-3 de esta instrucción.
5. DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan sin efecto las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo
dispuesto en la presente Instrucción y, en concreto, la Instrucción 03/2004 de