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MINISTERIO
DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE
INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE
TRATAMIENTO Y GESTIÓN
PENITENCIARIA
ANEXO II
CATÁLOGO DE RECOMPENSAS
Con carácter trimestral, por la participación en las actividades, podrá otorgarse una de las
recompensas que se relacionan a continuación:
1. Nota meritoria.
2. Premio en metálico.
3. Tarjeta telefónica.
4. Comunicaciones especiales y extraordinarias adicionales .
5. Becas de estudio
6. Material educativo-cultural.
7. Material deportivo
8. Material recreativo
9. Reducción de las sanciones impuesta
10. Cualquier otra de carácter análogo a las anteriores
RECOMPENSAS CONDICIONADAS A DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
Para la concesión de todas aquellas recompensas, que están condicionadas a la
disponibilidad presupuestaría del Centro, se seguirán las siguientes instrucciones:
1. Con carácter trimestral, el Administrador del Centro, deberá notificar al Subdirector
de Tratamiento, la semana previa a la fecha límite en que debe justificar los fondos
recibidos a través del sistema de pagos a justificar, el remanente de crédito a ésta
fecha sin ejecutar, con el fin de que esta cantidad, pueda destinarse a las
recompensas de los internos.
2. En base a la referida cantidad y, una vez concedidas dichas recompensas, el
Subdirector de Tratamiento, hará entrega al Administrador, de los recibos firmados
por cada uno de los internos beneficiarios, como mínimo, con dos días de antelación,
antes de la fecha del cierre de las cuentas de justificación de gastos.
3.
Por parte del Administrador, se procederá a efectuar una transferencia de la cuenta
de administración a cada una de las cuentas de peculio de los beneficiarios.