7
1.
Desarrollo de programas de formación dirigidos a los responsables de esta línea.
2.
Consolidación de la informatización de la gestión de las bibliotecas de los Centros
Penitenciarios.
3.
Promoción de actividades de fomento de la lectura en colaboración con otras
Administraciones o Entidades que tengan competencias u objetivos similares, y que
permita multiplicar la oferta de actividades existente.
2.5
Talleres ocupacionales.
En la programación anual se deberán incluir de modo separado los siguientes talleres:
-
Talleres ocupacionales financiados por el presupuesto administrativo.
-
Talleres ocupacionales financiados por el presupuesto comercial.
- Talleres ocupacionales subvencionados por ONG’s
Como en años anteriores, los talleres ocupacionales financiados con presupuesto
comercial, se continuarán agrupando en
una única actividad
genérica bajo el nombre de
“
Artesanía
”, independientemente de las actividades concretas que se desarrollen en los
mismos (cerámica, marquetería, escayola, etc.). Esta denominación se utilizará tanto a la hora
de cumplimentar la programación como en los registros mensuales de cultura.
Con el fin de evitar posibles confusiones,
no se denominará “Artesanía” a talleres
financiados con presupuesto administrativo.
En este sentido se recuerda que los productos elaborados en los talleres ocupacionales de
“Artesanía”, deben reunir las siguientes condiciones:
a)
Ser elaborados por los internos con materias primas adquiridas con fondos del
Organismo a través del presupuesto comercial.
b)
Ser susceptibles de comercialización.
c)
No podrá tratarse de productos artísticos o intelectuales, en las que la creatividad de
su autor cobra un papel fundamental.
Cualquier alta o baja de un taller ocupacional de “Artesanía” deberá ser aprobada por la
Gerencia del Organismo.