Acaip
ACAIP.
APARTADO DE CORREOS 7227
, 28080 MADRID. Tlf.:
915175152.
Fax:
915178392.
E-mail:
acaip-madrid@wanadoo.es; oficinamadrid@acaip.info
web:
www.acaip.info
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La única diferencia en la cobertura de accidentes
consiste en el importe de la indemnización por día. Ésta
será de
36€/día
en Accidentes Profesionales
, el doble que en
Accidentes 24 horas
cuyo importe es de
18 €/día
.
El funcionario asegurado a las pólizas de
Acaip
puede designar
“BENEFICIARIO”
y
modificar o revocar su designación,
excepto
si ha renunciado expresamente y por escrito
a la facultad de revocación.
En caso de no existir designación previa,
los Beneficiarios
en caso de fallecimiento de los Asegurados, serán los que se designan a
continuación por el orden de prelación siguiente,
teniendo en cuenta que los
parientes de grado más próximo excluyen a los de grado más remoto y que los parientes del
mismo grado percibirán la prestación asegurada por partes iguales:
1.
El cónyuge viudo, no separado legalmente.
2.
Descendientes.
3.
Ascendientes.
4.
Herederos legales.
Se integran en el Patrimonio del Asegurado las Prestaciones que
MAPFRE
satisface por
el fallecimiento del Asegurado, si ello es causado intencionadamente por su único beneficiario.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
DE LOS ASEGURADOS