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Acaip
R
EVISTA AGRUPACION CUERPOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE II.PP
.]
AGOSTO/SEPT
2020
www . a c a i p . e s
Página 10
Son
cientos los escritos
remitidos por
ACAIP
durante estos meses tanto a la SG, como a las
direcciones de los centros y a otras administraciones,
como las Subdelegaciones de Gobierno o a los
responsables de la Sanidad de las CC.AA., pero
también a los Juzgados.
El día tres de marzo el
Presidente de Acaip
comunicaba al Ministro que Según el Centro de
Coordinación de Alertas y Emergencias sanitarias del
Ministerio de Sanidad, se ha declarado el brote de
nuevo coronavirus 2019 (n-coV) una Emergencia de
Salud Pública de importancia Internacional (ESPII) y
tras la reunión del Comité de Emergencias del RSI
(Reglamento Sanitario Internacional)se establece como
principal recomendación
“Tener preparada una
vigilancia activa, detección precoz, aislamiento y
manejo de casos, y seguimiento de contactos con el
objetivo de reducir la infección humana, prevenir la
transmisión secundaria y propagación internacional”
.
En el citado escrito le señalaba la situación de los
centros penitenciarios: “son una institución cerrada,
donde conviven personas privadas de libertad (muchos
de ellos inmunocomprometidos debido a la alta
prevalencia de enfermedades que afectan al sistema
inmunitario), trabajadores y personas que realizan
visitas ocasionales (familiares, voluntarios de
ONG…etc)” y que no existía en ese momento “un
protocolo que permita evaluar si dichas personas que
entran y salen del centro penitenciario suponen un
riesgo añadido de contagio para los internos y
trabajadores.
Ni siquiera la Administración ha emitido
instrucciones de vigilancia epidemiológica como si ha
hecho para los Servicios de Urgencias o de Centros de
Atención Primaria”.
Además demandábamos información y ya se le
advertía de la necesidad de proveerse de material para
evitar riesgo de contagio y en concreto de mascarillas,
se les comunicaba la
“preocupación sobre la
posibilidad de que se transmita esta
enfermedad en el interior de nuestros
establecimientos, desde el momento en
que ya no estaríamos hablando sólo de un
caso de Salud Pública, sino también de
Seguridad Pública”.
Y se les pedía, como “absolutamente imprescindible,
que desde la Administración Penitenciaria se
establezca un protocolo en diferentes fases que atienda
a cada uno de los supuestos que pueda producirse,
se
establezcan sistemas de control en el
acceso
de personas que accedan a los centros