Page 149 - Microsoft Word - Reglamento de los Servicios de Prisiones de

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        En el Haber se consignará el cobro del libramiento expedido para las anotaciones del 
trimestre.  
        Se hará constar, mediante nota. que se une carta de pago que acredita haber ingresado 
en Hacienda la cantidad a que asciende el impuesto del 1,30 por 100 sobre pagos al Estado.  
        e) Carta de pago del ingreso en Hacienda del sobrante del libramiento.  
        f) Estado demostrativo de las cantidades que corresponde satistfacer por el impuesto 
del 1,30 por 100, según lo liquidado en las Prisiones de la provincia por el concepto y 
libramiento que se justifica.  
        g) Carta de pago del ingreso en Hacienda del 1,30 por 100.  
        h) Estado de las cantidades que corresponde satisfacer por el impuesto de Utilidades 
correspondiente al personal sanitario del Establecimiento, en el caso que los hubiere, con 
expresión de la cantidad acreditada en cuenta, gratificación mensual asignada, liquido 
gravado por el impuesto, tipo e importe del descuento.  
        i) Carta de pago del ingreso en Hacienda del importe de los descuentos por utilidades.  
        j) Estado resumen de lo invertido por el concepto durante el período de la cuenta, en la 
Prisión Provincial, Prisiones de Partido y Destacamentos Penales de la provincia.  
        k) Relación de las cantidades invertidas y abonadas por la Provincial, detallando número 
de los justificantes, facturas que lo integran e importe.  
        l) Justificante de pagos efectuados, colocados por el orden que figura en la relación.  
        ll) Nóminas de las gratificaciones y jornales.  
        m) Autorizaciones especiales.  
        n) Certificación del Director de haberse recibido los artículos, materiales y efectos que 
figuran en las facturas, que son apropiadas a los efectos a que se destinan y corresponden a 
los precios abonados por ellos.  
        ñ) Relaciones de pagos efectuados, con sus correspondientes justificantes numerados y 
certificación del Jefe, que previene el artículo 23, párrafo 2.º del Reglamento de la 
Intervención de Hacienda, correspondiente a las Prisiones de Partido y Destacamentos 
Penales de la provincia, colocados por el orden que figuran en el estado del apartado j).