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Primero.
Medalla del Mérito Penitenciario de oro, plata o bronce
Segundo.
Premio en metálico de 2.000, 1.000 y 500 pesetas, dentro de las cantidades
que a tal efecto se hallen consignadas en los Presupuestos del Estado.
Tercero.
Menciones honoríficas.
Cuarto.
Oficios de gracias.
Art. 608.º
La Medalla del Mérito Penitenciario de Oro podrá otorgarse a personas extrañas
al Cuerpo de Prisiones y a los funcionarios de éste, pero sólo se concederá dicho honor por
méritos relevantes y extraordinarios, acreditados en importantes estudios y trabajos
científicos en el orden penitenciario o bien, en servicios prestados o en la fundación de
Establecimientos, Sociedades e Instituciones patronales y de acción tutelar, que tiendan a
conseguir el fin principal de corrección y de reintegración moral y social al delincuente.
También podrá concederse a los funcionarios del Cuerpo de Prisiones que hayan obtenido
tres o más recompensas de las enumeradas en el artículo precedente, siempre que dos de
ellas sean de las comprendidas en los números primero y segundo del mismo, y tenga el
funcionario categoría de Jefe de Administración Civil, habiendo dirigido durante cinco años
consecutivos, por lo menos, una Prisión Central de hombres o una Provincial de contingente
medio superior a 200 reclusos, con éxitos evidentes en la organización de los servicios y en la
mejora del régimen penitenciario.
Art. 609.º
La Medalla de Oro del Mérito Penitenciario llevará anejo el título y tratamiento
de Excelencia para aquellos a quienes se ha concedido o en lo sucesivo se conceda. El
número de personas que disfrute de este honor no podrá exceder en cada momento de
quince.
La mencionada Medalla será de tamaño y forma iguales a los establecidos para las de las
Reales Academias, y será de las características siguientes:
EN EL ANVERSO
: Una cruz latina vertical, de brazos anchos y con tres rayos de luz en sus
ángulos. Ante ella, mirando a Oriente, unida a la misma y cubriendo su parte inferior, una
matrona de belleza y decoroso porte, grave y reposado continente, vestida de blanco,
coronada de laurel, con un cetro en la mano derecha, un ramo de encina sobre el brazo
izquierdo y sentada sobre una piedra de mármol de figura cúbica. Sobre el suelo, abrojos
esparcidos y al lado de Oriente un sol naciente en lejanía.
La cruz será esmaltada en encarnado, la matrona en blanco y las hojas y plantas en
verde.
Alrededor, en forma de arco, la siguiente inscripción latina: Justitia et charitas; Pax.