Fuente: NorteCastilla.es
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado la reclamación patrimonial al Estado por daños y perjuicios, solicitada por un interno del Centro Penitenciario de La Moraleja de Dueñas (Palencia), al no contar con un trabajo remunerado en el interior de la cárcel.
El Tribunal Supremo ha dictaminado concretamente la no admisión del recurso de casación planteado por el recluso a una sentencia de instancia ya desfavorable para sus intereses, dictada en 2004 por la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional.
El demandante, amante de la informática, ofimática o computadoras, ingresó en el centro penitenciario de La Moraleja, tras pasar por otros de Madrid, el 10 de noviembre de 1998, e interpuso el presente recurso contencioso-administrativo en 2001.
Según el informe del centro penitenciario palentino, no fue posible certificar el momento en el que el penado solicitó su inclusión en programas de capacitación en el área de informática o desempeño de puesto de trabajo, pero sí que la Junta de Tratamiento, órgano competente, no le adjudicó un puesto de trabajo dado que, cuando ingresó en este establecimiento penitenciario, tenía ya 66 años.
En este sentido, el número de internos de La Moraleja en el momento de presentar el recurso era de unos 900 internos, de los que existían 103 penados que trabajaban en actividad propia de la relación laboral especial penitenciaria.-
Además, un total de 96 trabajaban en colaboración con personas físicas o jurídicas del exterior, lo que, en criterio de la Sala, "pone en evidencia la escasa disponibilidad de puestos de trabajo dentro de la prisión".
Además, la Sala también argumenta en la resolución que "el hecho de no impugnar por parte del demandante la decisión de la Junta de Tratamiento de excluirle de la realización de actividad laboral alguna, dada su edad, conlleva que no pueda tomarse en consideración su reclamación de responsabilidad patrimonial derivada de un supuesto daño causado por aquella decisión".