Fuente: Sin determinar
Apenas unos diez minutos duró ayer en la sección segunda de la Audiencia Provincial el juicio que se siguió contra dos reclusas, F.S.C. y C.P.M., por el secuestro a una funcionaria y el intento de fuga que protagonizaron en la cárcel albaceteña de La Torrecica en la tarde-noche del 3 de febrero del 2007. Y fue tan corto en su desarrollo porque, una vez todas las partes personadas en este proceso, es decir, los abogados defensores de una y de otra acusadas, el ministerio público y la acusación particular que ejercía el sindicato de prisiones Acaip y al que está afiliada la víctima, además de las dos procesadas manifestasen a preguntas del presidente del tribunal su conformidad con el acuerdo previamente había alcanzado, éste quedó visto para sentencia.
El acuerdo aceptado por F.S.C., actualmente ingresada en el módulo de mujeres de Villena (Alicante) y por C.P.M., en estos momentos en la prisión de mujeres de Ávila, supone en definitiva rebajar para éstas a más de la mitad la petición de privación de libertad que inicialmente era solicitada por la Fiscalía, pasando en definitiva de 18 años y cuatro meses de prisión para cada una de ellas a siete años y tres meses, respectivamente, por cinco delitos, en concreto, los de detención ilegal, robo con violencia, lesiones, quebrantamiento de condena y obstrucción a la justicia, además de dos faltas, una de ellas de daños; los mismos, por otra parte, cuya autoría les atribuye el ministerio público.
La rebaja, no obstante, radica en que en lo que son las penas se les ha aplicado las mínimas establecidas e incluso en algún caso se ha teniendo en cuenta algún atenuante, según explicó el letrado de F.G., Evaristo Llanos.
ALEJAMIENTO. Así, en lo que son las penas, el atentado se ha quedado sólo en un año, la detención ilegal en tres años, el robo en año y seis meses, las lesiones en seis meses, el quebrantamiento en tres meses y por último, la obstrucción a la Justicia en un año. A lo que hay que añadir, conforme a lo negociado, cinco años más de prohibición a acercarse a Albacete y a la víctima durante un periodo de cinco años, así como el pago conjunto y solidario a la funcionaria en 18.040 euros, tal y como solicitaba la acusación particular por las lesiones ocasionadas (durante 65 días estuvo impedida) y las secuelas que le han quedado como estrés postraumático y cervicalgia con mareos. Visto lo visto sea primero los abogados defensores y después la acusación de Acaip fueron uno a uno manifestado su satisfacción por lo ocurrido; Evaristo Llanos y Alberto Rozalén abogado de C.P.M., porque, comentaron, «aunque los hechos ahí están nunca se sabe cuál podría haber sido el resultado finalmente obtenido teniendo en cuenta que la calificación jurídica admitía muchas variables», y Antonio M. Núñez-Polo por Acaip, porque no sólo «a la víctima se le ha ahorrado el trago de tener que prestar declaración y volver a recordar unos hechos muy desagradables y violentos por los que actualmente se encuentra de baja y continúa en tratamiento psicológico y psiquiátrico estando, además, tramitando su invalidez», sino también porque «la pena es alta y hay medida de alejamiento».