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Acaip denuncia "Trato de favor" a presos etarras y de 1º grado en Teixeiro

La sección sindical en el Centro Penitenciario de Teixeiro de Acaip (Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias), sindicato mayoritario en el ámbito penitenciario, por medio del presente desea hacerles llegar el siguiente Comunicado.

ACAIP denuncia ante la Inspección Penitenciaria el trato "específico" que reciben en Teixeiro los presos etarras y otros internos muy conflictivos.

Acaip ha solicitado por medio de los correspondientes escritos a la Sra. Subdirectora General de la Inspección Penitenciaria que abra las oportunas investigaciones por una serie de hechos, a nuestro entender contrarios a la actual legislación penitenciaria y al sentido común, relativos a actuaciones de los responsables del área de Seguridad del Centro Penitenciario de Teixeiro relacionados con internos de ETA y otros internos clasificados en primer grado (1).

Así en esos escritos se denuncia que el pasado 30 de noviembre un interno, antiguo integrante de la ejecutiva de Batasuna, que se encontraba de transito (2) en Teixeiro, se le autorizo a comunicar dos veces con su mujer, una de ellas en calidad de su letrada; pese a encontrarse en transito, algo no contemplado por el actual Reglamento Penitenciario, ya que los internos en esta situación tienen limitadas sus comunicaciones de todo tipo hasta que llegan al centro de destino, obviamente para no comprometer la seguridad de los traslados. Algo que se cumple escrupulosamente con el resto de internos.

También se le comunica a la Inspección que el día primero de diciembre otro etarra protagonizo un plante en el módulo tres, negándose a subir a su celda mientras no fuese trasladado a otro módulo en el que hubiese otros miembros de la banda. Ante esta situación se actuó como con cualquier otro interno, procediendo a aislarlo en el departamento de Ingresos. Sin embargo al día siguiente los responsables de seguridad del centro cedieron a la presión del etarra trasladándolo al módulo doce, en compañía de otros internos etarras, tal y como él había exigido.

Este tipo de "detalles" en honor al a verdad no sólo se dan con los integrantes de la banda ETA, los internos clasificados en primer grado también reciben este tipo de atenciones, las cuales no disfrutan el resto de los mil setecientos internos de Teixeiro.

La prisión coruñesa alberga el mayor número de presos conflictivos de Galicia, con cerca de sesenta internos clasificados en primer grado, muchos de ellos terroristas, (islamistas etarras y GRAPO); siendo el único centro del noroeste peninsular que alberga a cerca de una veintena de internos clasificados en artículo 91.3, en el que se encuadran los internos que por su violencia y peligrosidad no se adaptan al régimen ordinario de vida de los primeros grados.

Esta veintena de internos ha protagonizado incidentes muy graves en prisiones de toda España, incidentes en los que otros internos han perdido la vida o han resultado gravemente heridos, han protagonizado motines y han atentado gravemente contra la integridad física de un número importante de funcionarios. Por ello resulta a nuestro entender bastante contraproducente que sea precisamente a estos internos a los que la normativa se les aplique de una manera tan laxa, mientras al resto de internos que cumplen las normas y tratan de cumplir sus condenas sin incidentes se les aplica la normativa al pie de la letra.

Por eso, Acaip también ha solicitado a la Inspección que se abra una investigación para aclarar hechos tales como cuando se permitió acumular dos vis-vis (3) y mientras cumplía una sanción de aislamiento en celda (4) a uno de los internos protagonista del último motín de la prisión valenciana de Picassent. O que determinados tipos de sanciones (5), que en el resto de la prisión los demás internos cumplen, en los módulos de primer grado no. Al mismo tiempo solicitamos se aclare los motivos por los que estos internos cuando cumplen alguna sanción, y tienen concedida una comunicación vis-vis, por norma, esta se interrumpen por motivos médicos, algo que no ocurre si ese mismo interno no tiene comunicación alguna.

Desde Acaip entendemos que este tipo de políticas transmiten un mensaje erróneo a los internos, fomentan la impunidad y el que cada vez los incidentes en nuestras prisiones sean más violentos. Algo que nos debería hacer reflexionar porque las prisiones españolas están al borde del precipicio, masificadas y con escasez de personal. Si a esto le sumamos políticas que premian el desprecio a la autoridad de los funcionarios penitenciarios, resulta del todo imposible que el personal pueda garantizar el orden interior de nuestros centros, y por tanto la integridad física propia y de los internos a su cargo.

Desde la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias se vende a la sociedad un modelo penitenciario moderno en el que prima la reinserción de los internos, pero la realidad es que para conseguir esto primero debe existir un clima de convivencia adecuado en el interior de los recintos, y la realidad es que nuestro sistema penitenciario se encamina más a una situación más propia de un país sudamericano que del norte de Europa.

Es algo bien conocido en el medio penitenciario que la Administración de la Sra. Gallizo trata de ocultar la conflictividad en el interior de nuestras prisiones, una muestra de ello es el intento de disminuir el número de internos en primer grado a fin de justificar esta falta de incidentes, lamentablemente los internos hacen otra interpretación de estas medidas y los sucesos son cada vez más graves. Siguiendo esta línea, los responsables de seguridad del penal coruñes no tienen rubor alguno en saltarse la actual legislación penitenciaria en aras de sus propios intereses, tratando de maquillar la realidad de Teixeiro.

Desde Acaip esperamos que el reciente relevo en la dirección de la prisión, sea un hecho real y no meramente estético, poniendo fin a todas estas presuntas irregularidades que hemos puesto en conocimiento de la Inspección Penitenciaria.

(1) Primer grado es el régimen de vida más restrictivo, destinado a internos muy peligrosos y conflictivos.
(2) Se refiere a la situación en que se encuentra un interno que es trasladado desde una prisión a otra, al recalar en otros centros previos a su destino definitivo.
de una manera tan laxa, mientras al resto de internos que cumplen las normas y tratan de cumplir sus condenas sin incidentes se les aplica la normativa al pie de la letra.
(3) Los internos disfrutan de varias comunicaciones vis-vis al mes, pero estas no son acumulables de un mes para otro.
(4) Los internos que cumplen esta sanción no pueden tener comunicaciones vis-vis durante los días que dura esta.
(5) Privación de paseos, consiste en quedarse en sus celdas por las tardes.

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