Page 14 - I-10-2011

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Toda la documentación que se genere respecto de un penado/a debe
archivarse
con la
diligencia necesaria de tal forma que cada expediente contenga de manera actualizada
todos los documentos existentes.
Los expedientes físicos se clasificarán únicamente en dos apartados: expedientes
activos y expedientes archivados.
En cada uno de ellos se colocarán siguiendo el
orden
alfabético.
Registro de entrada
El procedimiento de gestión administrativa de las formas sustitutivas de ejecución penal
(suspensiones y sustituciones de condena) comienza con la diligencia de
registro de
entrada
de la documentación penal recibida en el SGPMA.
Registro de datos personales y penales
Se revisarán las sentencias, autos y ejecutorias y se cumplimentarán los datos que a
continuación se indican:
Datos de identificación del penado/a:
Nombre y apellidos
DNI/NIE
Domicilio
Nacionalidad
Datos Penales:
Fecha de sentencia firme, número y Juzgado.
Fecha de Auto de suspensión/sustitución, número y Juzgado.
Fecha de ejecutoria, número y Juzgado.
Tipo de forma sustitutiva de ejecución penal: Suspensión o Sustitución de condena.
Duración de la suspensión de condena.
Duración de la pena sustituida
Número de jornadas de Trabajos en Beneficio de la Comunidad (en adelante TBC)
aparejadas a la sustitución de condena, en su caso.
Reglas de conducta impuestas (tipo de programa/intervención, orden de alejamiento u
otras)
Cuando un mandamiento judicial incluya un
TBC y un programa
, se facilitará una copia de
la misma a quienes -según la organización de trabajo en el Servicio - controlen la ejecución
de la TBC.
Debe tenerse en cuenta, en consecuencia, que el TBC y el programa, se pueden cumplir
simultáneamente o de forma sucesiva, atendiendo a la casuística y posibilidades concretas
del penado/a y del Servicio, sin que esté condicionado el inicio de uno a la terminación del
otro. El número de jornadas de TBC no condiciona en ningún caso la duración del programa
ni las sesiones del mismo.