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Sin perjuicio de los aspectos metodológicos que están incluidos en el Manual del programa
“Violencia de género. Programa de intervención para agresores”
y en el
Anexo “El
delito de violencia de género y los penados extranjeros”
, se tendrán en cuenta los
siguientes, específicos del ámbito de las Penas y Medidas Alternativas.
Valoración de factores de riesgo
Para llevar a cabo una evaluación del riesgo de reincidencia del agresor, el profesional
que realice la entrevista podrá utilizar, entre otras, las siguientes fuentes de información:
1. La escala
S.A.R.A. Manual para la valoración del riesgo de violencia contra la
pareja (Kropp y cols., 1995)
que recoge un conjunto de variables criminológicas y
psicosociales que evalúan el riesgo de reincidencia del penado
(Anexo 1)
.
Como complemento a la escala, se dispone de la Entrevista de Anamnesis y la
Entrevista psicosocial (Incluidas ambas en el Programa de Intervención).
2.
Valoración Policial del Nivel de Riesgo de Violencia contra la Mujer
que consta
en el
Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género
.
2.1 La Valoración Policial del Riesgo (VPR) es realizada por la Policía en todos
los casos registrados en el Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de
Violencia de Género, a partir, normalmente, de la información de la
víctima
. Es
un procedimiento para la determinación del
nivel inicial de riesgo de la
víctima
y es realizada por los funcionarios de la Policía que instruyen las
diligencias y se ocupan de las investigaciones.
En el
Anexo 2
se incluye relación de las variables incorporadas en esta
valoración.
2.2 Para mantener actualizada la evaluación del riesgo, se llevan a cabo
periódicamente nuevas valoraciones, a través de la Valoración Policial de la
Evolución del Riesgo (VPER).
En el
Anexo 3
se incluyen las variables que forman parte de la VPER.