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MINISTERIO
DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE
INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS
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f) Todos los acuerdos relativos al beneficio de solicitud de indulto particular se
gestionarán en el sistema informático. La Subdirección General de Tratamiento
y Gestión Penitenciaria mantendrá el correspondiente seguimiento sobre esta
actividad.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Instrucción entrará en vigor a su recepción. De la misma se dará
lectura en la primera reunión del Consejo de Dirección y de la Junta de Tratamiento,
procediendo a su difusión en los términos establecidos en el art. 280.2 14ª del
Reglamento Penitenciario.
Madrid, 4 de diciembre de 2007
LA DIRECTORA GENERAL
DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
Mercedes Gallizo Llamas