MINISTERIO
DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE
INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS
Tramitación en Servicios Centrales.-
Se remitirá a la Subdirección General de Servicios (Servicio de Equipamiento), la
propuesta de enajenación (MODELOS 6 Y 7).
Recibida la propuesta de enajenación, se procederá por la Subdirección General de
Servicios a realizar el Acuerdo de venta, que llevará incorporada la orden de baja en
inventario de los bienes, previa petición de los informes que estime oportuno.
Este Acuerdo facultará a la Junta Económico-Administrativa para actuar como Mesa
de Contratación, o en caso que el montante total de los bienes no supere los 3.005 €, y
así se estime oportuno, a promover las actuaciones necesarias para llevar a cabo una
adjudicación directa de los mismos, (MODELO 8).
Formalización de la venta.-
Una vez recibido en el Centro Penitenciario el Acuerdo de la Subdirección General
de Servicios (MODELO 8), se procederá de la siguiente forma, según las directrices del
mismo:
1.-Adjudicación directa.-
Siempre que el valor de los bienes obsoletos o deteriorados por el uso, en el
momento de su tasación para venta sea inferior al 25 por ciento del de adquisición y el
montante total de éstos no supere los 3.005 €, se podrá autorizar, por parte de la
Subdirección General de Servicios, la adjudicación directa de los mismos.
Para proceder a la enajenación directa, deberán ser consultados por la Dirección del
Centro Penitenciario, como mínimo, tres posibles compradores, adjudicándose a la oferta
más ventajosa para la administración y siempre que el adjudicatario no se encuentre
incurso en prohibición de contratar con la Administración del Estado, según previene el
art. 20 del
Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Una vez encontrados tres posibles adjudicatarios, se procederá por la Dirección del
Centro, a remitir a la Subdirección General de Servicios, relación de los mismos y oferta
de compra de cada uno de ellos (MODELO 9), priorizando cada una de las ofertas
presentadas. En este mismo escrito se hará constancia de cualquier otra circunstancia de
la oferta de compra y que haya de tenerse en cuenta para la adjudicación de los bienes.
Igualmente, si alguno de los posibles adjudicatarios fuese una Administración
Pública, organismo o institución pública o privada sin ánimo de lucro, se hará constar en
el MODELO 9, en el que se indicará a que se dedica la institución, a que se van a dedicar
los bienes y cualquier otra circunstancia que sirva para valorar por parte de estos
Servicios Centrales una posible cesión gratuita de los bienes a ésta.