MINISTERIO
DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE
INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS
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9.- Utilización del correo electrónico o e-mail
a. La Dirección General de Instituciones Penitenciarias facilita una cuenta individual de
correo electrónico a los usuarios para la realización de funciones propias de su
puesto de trabajo, como un servicio de mensajería electrónica interno.
b. Los usuarios que por razones de su trabajo necesiten utilizar un servicio de
mensajería electrónica con el exterior, ya sea con otras entidades de la
Administración Pública, contratistas u otros, y previa solicitud motivada al Subdiretor
General de Servicios Penitenciarios, podrán disponer de una cuenta individual de
correo electrónico con acceso al servicio de correo electrónico externo, a través de
Internet, siempre que la capacidad de tráfico de datos hacia redes externas lo
permita.
c. El correo electrónico, por ser un instrumento básico de trabajo y colaboración, sólo
debe ser utilizado con fines relacionados con las funciones del puesto de trabajo de
los usuarios.
d. Queda prohibida la utilización del correo electrónico con fines estrictamente
personales, en las que pueda haber alguna expectativa de privacidad o secreto en
las comunicaciones.
e. Sólo aquellos usuarios que en razón del puesto que ocupan o la responsabilidad
que desempeñan deban comunicarse simultáneamente con un gran número de
personas estarán autorizados a realizar envíos masivos de correo electrónico.
Quedan expresamente incluidos en este apartado todos los puestos de trabajo de
nivel 28 o superiores de los Servicios Centrales de la Dirección General de
Instituciones Penitenciarias y del Organismo Autónomo “Trabajo Penitenciario y
Formación para el Empleo” y los Directores de los Centros Penitenciarios.
f. Quedan expresamente prohibidos para el resto de usuarios
,
los envíos masivos de
archivos de imagen, vídeo o sonido, o de datos, incluyendo en esta prohibición
aquellos archivos que han sido recibidos a través del servicio de correo electrónico
externo.
g. Se prohíbe expresamente la utilización de la cuenta de correo electrónico de otro
usuario. El usuario al que ha sido asignada una cuenta de correo electrónico queda
responsabilizado de todas las acciones derivadas de su uso.
h. El servicio de mensajería electrónica se mantendrá protegido ante la posibilidad de
propagación de virus informático o cualquier otro archivo sospechoso de contener
código malicioso. Por esta razón, el programa de ordenador antivirus instalado en el
servidor de correo electrónico eliminará automáticamente cualquier mensaje
recibido que sea sospechoso de contener código malicioso.