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I -3- 2002
PE
Asunto:
Contratación de personal laboral temporal en la
Administración Penitenciaria.
Area de Aplicación:
Gestión de personal. Personal laboral.
Descriptores: Procedimiento de contratación de personal laboral temporal en el
Ámbito de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y del
Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.
Las contrataciones de personal laboral temporal en la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias y en el Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias deberán
ajustarse al siguiente procedimiento:
1.- SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN
1.1.- Autorización previa
El proceso de selección del personal laboral temporal se iniciará previa autorización de la
Subdirección General de Personal de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias o de la
Gerencia del Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias, según proceda en
cada caso, en función de la existencia de necesidades objetivas y razonadas, a petición del
Director del Centro Penitenciario o como resultado de la programación que realice el propio
Centro Directivo.