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MINISTERIO
DEL INTERIOR
TRABAJO Y PRESTACIONES
PENITENCIARIAS
2 / 2001
TP
Asunto:
CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DEL ITINERARIO PARA LA
INSERCIÓN LABORAL DE LOS RECLUSOS
Area de aplicación: Centros Penitenciarios
Descriptores: Inserción laboral de los reclusos
1.- INTRODUCCIÓN
La Administración Penitenciaria recibe tradicionalmente fondos con
destino a programas de formación para la inserción laboral de los reclusos,
procedentes del INEM y del Fondo Social Europeo. Con independencia de lo
anterior, determinadas instituciones especializadas pueden realizar cursos de
Formación Profesional Ocupacional en los Centros Penitenciarios, si bien en
estos casos la Administración Penitenciaria no recibe subvención alguna ni
mantiene relación administrativa con las instituciones que realizan las
actuaciones.
Por lo que respecta a los programas cofinanciados por el Fondo Social
Europeo, en los últimos años se ha venido diversificando y ampliando el
contenido de los programas para la inserción laboral de los reclusos de modo
que comprendan módulos de formación téorico-práctica, orientación laboral y
acompañamiento para la inserción laboral.
En este sentido, en los últimos años se han aplicado, primero con
carácter experimental y posteriormente de modo generalizado, módulos de
orientación laboral y, a título experimental, módulos de acompañamiento para
la inserción laboral.
En este momento, la Administración Penitenciaria tiene aprobado un
programa plurianual, que abarca hasta el año 2006, destinado a itinerarios
formativos, dentro del Plan General del Fondo Social Europeo. En relación con
el mismo, han de tenerse en cuenta especialmente las instrucciones que se
recogen en las páginas que siguen.