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Los partes oficiales de alta, baja y continuidad de baja deben ser
cumplimentados por los médicos de la mutua de accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales colaboradora. Para agilizar la tramitación
administrativa de dichas situaciones, el Director del centro penitenciario
solicitará de los servicios médicos penitenciarios los informes pertinentes,
tanto al inicio del proceso como los correspondientes a la evolución del
mismo. Estos informes serán remitidos a la mutua, donde se procederá a
realizar los partes oficiales.
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Cuando un interno accidentado o afectado por una enfermedad profesional
deba ser hospitalizado, el ingreso deberá llevarse a cabo en el hospital
público de referencia.
Madrid, 22 de octubre de 2001
EL DIRECTOR GENERAL DE
INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
Ángel Yuste Castillejo