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MINISTERIO
DEL INTERIOR
DIRECCION GENERAL
DE INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS
HUEVOS:
1-
Los huevos frescos sólo podrán utilizarse para su consumo en forma de fritos
o cocidos.
2-
Las tortillas de elaboración propia se prepararán con ovoproductos
industriales, prefiriéndose en cualquier caso las precocinadas industrialmente.
3-
Se recuerda la prohibición de suministrar a los internos huevos crudos, así
como cualquier alimento en cuya composición entre el huevo en crudo, y en particular
las mayonesas de elaboración propia.
En el caso de utilizar mayonesas industriales, se desechará todo envase abierto
una vez transcurridas 24 horas, independientemente del contenido restante y de que la
conservación haya sido adecuada.
Tanto en la leche y derivados como en huevos y mayonesas, es fundamental
comprobar la fecha de caducidad, desechando los productos que la hubieren
sobrepasado.
Finalmente, con más razón que en otras épocas del año, es preciso evitar el
almacenamiento de alimentos perecederos en las celdas, toda vez que no es posible
garantizar una adecuada conservación.
Madrid 12 de julio de 2000
EL DIRECTOR GENERAL DE
INSTITUCIONES PENiTENCIARIAS
Ángel Yuste Castillejo