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Desgravación de la cuota sindical de Acaip en la Declaracion de la Renta

Todos los afiliados de Acaip pueden deducir la cuota de afiliación sindical en la declaración anual de la renta.

Las cuotas sindicales se incluyen dentro de los gastos deducibles en el IRPF que recoge el artículo 19.2. d) de la Ley de IRPF1, que nos indica que “tendrán la consideración de gastos deducibles exclusivamente las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y con el límite que reglamentariamente se establezca”.

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