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generarán dos copias de este modelo. Una para el penado/a y otra para su constancia en
el Servicio. Una vez firmada la copia será archivada en el expediente.
Este modelo incluye los compromisos que asume: su presentación ante la entidad el día,
hora y lugar convenidos; seguir las instrucciones del responsable del programa, y las
indicaciones que le sean requeridas por el Servicio.
3. Se entregará al penado/a el modelo 10 bis que, además de las circunstancias
expresadas en el apartado anterior,
contiene la
Diligencia de Presentación
que éste
deberá
devolver
firmada y sellada por la Entidad, bien personalmente o a través de un
familiar o allegado, bien vía fax al Servicio en el plazo máximo de cinco días a contar
desde el de la incorporación al programa.
Envío del P.I.I.S. al Juzgado ejecutor
De acuerdo con la normativa en vigor, no se requiere aprobación del Juzgado para la
ejecución de la pena, es decir,
el
Plan
de Intervención y Seguimiento
(modelo 7) tiene
ejecutividad inmediata. No obstante se procurará que el Plan tenga entrada en el Juzgado
Ejecutor antes del inicio del mismo.
La remisión se realizará por correo ordinario previo registro de salida, no siendo necesario,
como norma general, remitir ningún documento ni informe más, salvo
en los casos que se
realice un
Plan de Intervención y Seguimiento con propuesta alternativa
(modelo 8), en
las que se adjuntará un
informe justificativo
de las circunstancias que han dado lugar a la
propuesta.
Notificación al Juzgado Ejecutor, de la negativa del penado/a al
cumplimiento del Plan Individual de Intervención
Si el penado/a se niega a cumplir el Plan elaborado por la Administración, se comunicará
este extremo al juzgado ejecutor
(modelo 11)
,
por correo ordinario, tras registro de salida
(adjuntando el P.I.I.S), y se archivará el expediente.
Comunicaciones a las Entidades Colaboradoras
Cuándo informar a la entidad:
A la Entidad se le enviará la documentación relativa al
grupo completo
con el que va a
intervenir (en general, 12 penados), y no tras la elaboración de cada plan. En los casos en
los que la intervención se realice con grupos más pequeños, la documentación se trasladará
igualmente cuando se de por cerrado el grupo.
Solo se trasladará la información a la entidad de manera individual cuando el formato de la
intervención sea de este modo.
Qué información enviar a la entidad:
La información que se les aportará será la siguiente:
•
Modelo Informativo (modelo 12)
, en el que se incluyen, entre otros: