MINISTERIO
DEL INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE
INSTITUCIONES
PENITENCIARIAS
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que obliga a implantar sistemas de gestión más eficaces y eficientes acordes con la
actualidad penitenciaria.
Dentro de este nuevo sistema de organización, se encuentran
las oficinas
de los
centros que soportan toda la tarea administrativa del funcionamiento de los mismos.
En este sentido, a lo largo de los años, se viene realizando de forma progresiva, un
gran esfuerzo en la implantación de aplicaciones informáticas, con el fin de facilitar la
gestión en las tareas burocráticas.
No obstante, aún en un gran número de centros, se sigue manteniendo, en cuanto a
su organización, la división entre oficinas de régimen y de tratamiento, respondiendo a
un modelo de funcionamiento implantado hace 25 años. El notable incremento de las
actividades y actuaciones del tratamiento penitenciario y, como consecuencia, el
volumen de gestión que ésto conlleva, hace necesario implantar una nueva
organización en el funcionamiento de estas oficinas, que responda a criterios de
racionalidad, operatividad y reparto equitativo de tareas.
En esta línea, hay que señalar que este tipo de organización ya está funcionando en
algunos centros penitenciarios, consiguiendo resultados altamente satisfactorios,
coincidiendo todos ellos en destacar, después de un tiempo de funcionamiento, tres
factores fundamentales: mayor eficiencia y eficacia en la gestión, un reparto equitativo
de tareas y un mayor nivel de satisfacción profesional, lo que se traduce en un mejor
clima social entre los integrantes de dichas oficinas.
La presente Instrucción pretende instaurar
un modelo de gestión unificada,
aunando las tareas, de las denominadas hasta ahora oficinas de régimen y de
tratamiento, con el objetivo de conseguir el conocimiento y la gestión integral del
expediente y protocolo de cada interno, por el funcionario encargado del mismo.
En términos generales, dichas tareas hacen referencia a las contenidas en los arts.
334. 2ª y 3ª y arts. 336 y 337 del Reglamento de 1981.
ORGANIZACIÓN DE LA OFICINA
1. Profesionales que la integran.
Al frente de esta oficina de gestión penitenciaria estará el Subdirector de
Régimen, a quien corresponde la organización y dirección de los servicios
adscritos a dicha oficina.
Al menos, un Jefe de Oficina, con funciones de asignación y reparto de tareas y
supervisión de las mismas, así como todas aquéllas que le sean encomendadas
por el Subdirector
.
Los funcionarios pertenecientes a las antiguas oficinas de régimen y tratamiento
y aquéllos otros que se considere necesario incorporar a la misma.