que presenten los internos
, potenciando unas u otras áreas de
actividad mediante las propias disponibilidades presupuestarias del
Centro Penitenciario y/o a través de la firma de acuerdos o convenios
de colaboración con organismos e instituciones extrapenitenciarias.
En la línea de la colaboración con
organizaciones externas
, debe
subrayarse la importancia de la integración en los equipos multidisciplinares
de los profesionales ajenos a la institución penitenciaria a través de las
evaluaciones del trabajo que realizan con los internos. En este sentido debe
seguir potenciándose la línea de éste enfoque integral en la intervención
penitenciaria. Ello redundará en un mayor enriquecimiento de la
intervención durante el internamiento de los internos en la prisión, así como
en su preparación progresiva en su integración a la comunidad social,
disponiendo de mayores recursos personales y sociales.
3. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN.
La presente instrucción se estructura en tres bloques de procedimientos que
contemplan las actuaciones a seguir en la programación, evaluación e
incentivación de las diferentes actividades y programas en las que pueden
participar los internos.
-
Procedimiento-1
, de programación de actividades educativas,
deportivas, culturales y ocupacionales.
-
Procedimiento-2
, de programas específicos de tratamiento.
-
Procedimiento-3,
de evaluación e incentivación de la participación
de los internos en actividades y programas de tratamiento.
- El Procedimiento-1,
recoge el Catálogo General de Actividades y la
elaboración, programación y desarrollo de las actividades Educativas,
Culturales, Deportivas y Ocupacionales que de forma estructurada debe
elaborar cada uno de los Centros Penitenciarios. Los Centros desarrollarán
su propio
Catálogo de Actividades
, registrándose cada nueva actividad en
el Sistema de Información Penitenciario (SIP).