Page 6 - I_1999_09

Basic HTML Version

C:\Users\JOSERA~1\AppData\Local\Temp\I-09-99_TRABAJOS_Funciones_puestos_trabajo.doc
6
-
En parte de su actividad se gestiona con criterios estrictamente
empresariales que obligan a disponer de una gestión ágil y con capacidad
de respuesta.
5.
Esta especificidad debe afectar exclusivamente a su gestión, pero no debe
constituir un obstáculo para su integración total en el Centro Penitenciario,
toda vez que toda su actividad contribuye a los objetivos de reinserción o de
acción social.
6.
Todo lo anterior hace que:
1.
El Director sea considerado el Delegado del Organismo, tal como prevé el
Reglamento Penitenciario en su artículo 280.13.
2.
Toda la gestión económico-administrativa deba agruparse en torno al Área
de Administración del Centro, sin perjuicio de que exista una zona
especializada para el Organismo dentro de ésta: Gestor Económico-
Administrativo.
3.
Como en cualquier organización que siga unos esquemas de
especialización, se separan las responsabilidades sectoriales
(penitenciarias) de las de gestión económico administrativa, incluyendo
los aspectos de selección y de gestión de los recursos humanos que se
incorporan a las actividades de los Centros: monitores, etc.
4.
Se fomente el principio de colaboración con varias unidades a la vez,
principio fundamental de la especialización, así como del trabajo en
equipo. Ello ha de conllevar que sea compatible la dependencia de una
unidad determinada -Unidad de Tratamiento, en los aspectos sectoriales –
caso del Coordinador de Formación- con una dependencia funcional del