REVISTA DE ACAIP ENERO 2021 - page 10

[
Acaip
R
EVISTA AGRUPACION CUERPOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE II.PP
.]
FEBRERO/MARZ0
2021
www . a c a i p . e s
Página 10
Artículo 8. Imagen pública del personal
penitenciario
Tanto la Administración Penitenciaria como todo el
personal a su servicio deberán contribuir a que la
imagen pública de las Instituciones Penitenciara se
corresponda fielmente con la importancia de las
funciones constitucionales que le están encomendadas
y su trascendencia social.
En el caso de que se
aprecie una actuación de
mala fe o temeridad contra
la Institución o el personal
penitenciario mediante la
utilización de denuncias
falsas, la Administración
Penitenciaria
tendrá
la
obligación de actuar contra
el
responsable
o
responsables de las mismas
… / …
Disposición Adicional …
De conformidad con lo
previsto en el artículo 8,
imagen pública del personal
penitenciario,
la
Administración Penitenciaria y los sindicatos
representativos, en un plazo de seis meses, deberán
elaborar un plan de mejora de la
imagen pública de las Instituciones
Penitenciarias y del personal a su
servicio
, que se implementará en los seis meses
siguientes.
1,2,3,4,5,6,7,8,9 11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,...36
Powered by FlippingBook