ENFOQUE
EN PORTADA
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L
levamos ya unos cuantos años
hablando de la necesidad de que
nuestra Institucióndisponga de un
marco normativo propio, de una regula-
ción sectorial, al estilo de la existente en
otros ámbitos de la Administración.
Creemos que esta solución normati-
va, enmarcada dentro del Estatuto Bási-
co del Empleado Público como funcio-
narios civiles de la Administración del
Estado, puede ser el instrumento que
mejore la calidad del servicio, las condi-
ciones de trabajo y adecue nuestras fun-
ciones al desarrollo normativo.
Un Sector ouna regulación específica
no es otra cosa que una normativa pro-
pia que recoja las especialidades de un
ámbito concreto con dos carcterísticas
fundamentales: por un lado una regula-
ción cohesionada de todos los aspectos
que la conforman y, por otro, la adop-
ción de soluciones diferenciadas a los
problemas propias que serían difíciles
de conseguir -sino imposibles- dentro
unmarco normativo general.
El texto refundido del EBEP no reco-
ge la especificidad del ámbito peniten-
ciario y en cambio si se realiza con otros
colectivos como el personal sanitario o
docente. Sin embargo, el personal pe-
nitenciario, con contenidos funcionales
propios y cuerpos especiales, regímenes
independientes en vacaciones, permi-
sos, licencias, horarios y jornadas, pro-
blemática específica en relación con en-
fermedades infectocontagiosas, ámbito
propio en la regulación de prevención
de riesgos laborales, especial conflictivi-
dad en relación con el ámbito terrorista,
importantes problemas derivados de la
prestación del servicio en una Institu-
ción cerrada relativos, principalmente,
a las actuaciones sobre salud laboral,
existencia de excepciones para acceder
a otras administraciones y sistemas de
selección propios y diferenciados de los
generales de laAdministración, carece de
la regulación específica que en virtud de
unamínima lógica legislativa atendiendo
a la realidad existente se hace absoluta-
mente necesaria.
Por eso a partir de este número que-
remos explicar cuál es la situación actual,
los problemas que tenemos y que justifi-
can esta modificación y lo que nosotros
queremos de esta figura, todo ello como
una reivindicación histórica de Acaip.
I. DISFUNCIONES QUE PLANTEA
LA SITUACIÓNACTUAL
La uniformidad de la normativa legal
sobre función pública, su desarrollo
reglamentario y, a su vez, las numero-
sas legislaciones de aplicación en este
ámbito administrativo concreto, vienen
provocando importantes disfunciones
a la hora de su aplicación en el ámbito
penitenciario.
Nos encontramos ante una Admi-
nistración de carácter prestacional y de
contenido complejo cuyomarco de rela-
ciones laborales son las establecidas con
carácter general para las Administracio-
nes de carácter burocrático, las cuales
en muchas ocasiones dan respuesta in-
adecuada a las necesidades dinámicas
de la función penitenciaria.
Por otra parte, la normativa actual di-
ficulta la gestión de personal e impide la
aplicación de políticas específicas en ra-
zón de las peculiaridades de la actividad
penitenciaria:
1. La distribución territorial dispersa de
los centros penitenciarios, así como
su localización cada vez más alejada
de los núcleos urbanos, están provo-
cando un importante endurecimien-
to de las condiciones de trabajo al
requerir tiempos cada vez mayores
de desplazamiento al centro peni-
tenciario.
2. Las Relaciones de Puestos de Traba-
jo de los Servicios Periféricos de la
Dirección General de Instituciones
Penitenciarias fueron aprobadas por
la CECIR en agosto de 1989. Actual-
mente las Relaciones de Puestos de
Trabajo son inadecuadas e insufi-
cientemente dotadas y por ello exis-
ten graves problemas en la planifica-
ción y ordenación de los recursos; no
existe un solo Centro Penitenciario
que tenga una RPT adecuada y cu-
bierta en su totalidad.
3. El marco retributivo fijado en la nor-
mativa de función pública sólo ha
permitido una estructura de comple-
mentos específicos basada en una
clasificación de los Centros en fun-
ción de condiciones existentes hace
años, pero que ha devenido obsoleta
e injusta, y no permite diferenciar y
retribuir separadamente conceptos
como la penosidad, peligrosidad,
turnicidad, nocturnidad, festividad,
realización de guardias o zonas con-
flictivas.
4. La obligada prestación del servicio
con carácter permanente durante las
veinticuatro horas todos los días del
año hace necesaria una regulación
específica de la prestación de la jor-
nada y los horarios de trabajo, que
plantean serios problemas de ges-
tión en lo referente al disfrute de los
permisos y licencias y la distribución
de las vacaciones de acuerdo a la
normativa general de función públi-
ca. Actualmente el personal de Insti-
tuciones Penitenciarias está excluido
de las circulares generales de jornada
y horarios de la Secretaria de Estado
de Administraciones Públicas.
5. Existen disfunciones entre las tareas
atribuidas a los distintos Cuerpos
y Escalas de Instituciones Peniten-
ciarias y las necesidades reales de
funcionamiento de los centros peni-
tenciarios, por lo que se hace impres-
cindible generar una nueva regula-
ción de los Cuerpos Penitenciarios,
que modernice las denominaciones
de los mismos, determine con clari-
dad sus funciones, establezcan itine-
rarios de promoción y carrera profe-
sional abriendo la puerta del Grupo
Ben laAdministraciónPenitenciaria.
Todo ello teniendo en cuenta ya que
los Cuerpos Penitenciarios son Cuer-
pos Especiales y no Generales de la
AGE.
6. La situación descrita en el apartado
anterior provoca a su vez una pro-
moción profesional mínima en la
Institución, generando un doble pro-
blema: por un lado, el sentimiento
de falta de expectativa profesional
que se genera y que conlleva inevita-
blemente a la apatía y dejadez en el
desempeño diario de las funciones; y
en segundo, un absoluto desaprove-
chamiento de los recursos humanos
existentes en la actualidad en la Ins-
titución.
La Administración Penitenciaria de carácter prestacional y de contenido complejo se regula con el
marco normativo establecido para las Administraciones de carácter burocrático, que en muchas
ocasiones dan respuesta inadecuada a las necesidades dinámicas de la función penitenciaria.
La necesidad de un marco sectorial
en instituciones penitenciarias
(PRIMERA PARTE)
Número 4 octubre 2016