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Instituciones Penitenciarias no quiere pillarse los dedos a la hora de conceder permisos ordinarios.
Fuente: Diario Palentino
Instituciones Penitenciarias no quiere pillarse los dedos a la hora de conceder permisos ordinarios.
Por ello ha remitido una circular interna a la cárcel La Moraleja de Dueñas, donde fija una serie de condiciones muy estrictas para la concesión de este tipo de permisos.
Se centra especialmente en la tramitación y concesión de aquellos permisos a reclusos que hayan disfrutado previamente de otro por decisión del juez de Vigilancia Penitenciaria sin que haya mediado informe favorable por parte del Equipo Técnico.
En estos casos, Instituciones Penitenciarias ha recomendado a los responsables de la cárcel palentina que se estudie en profundidad el historial penal y penitenciario del interno, un estudio «encaminado a la identificación y valoración de factores o variables significativos de cara al uso de los requisitos objetivos legalmente exigidos».
Además se tendrán en cuenta entrevistas con el recluso solicitante «para obtener un conocimiento próximo de su actual situación actitudinal, las razones de su solicitud y los posibles efectos del permiso», señala textualmente la circular interna.
Se propone igualmente tener muy en cuenta el estudio social familiar y del entorno en el que está previsto el disfrute del permiso. Este estudio, junto a la aplicación de lo que técnicamente se conoce como Tabla de Variables de Riesgo y de Concurrencia de Circunstancias, se efectuará de forma completa «en todos los casos de permiso inicial y cuando los permisos anteriores hayan sido acordados por el juez de Vigilancia Penitenciaria sin que hubiera mediado informe favorable por parte del Equipo Técnico».
Estos mismos informes serán considerados cuando desde el último de los permisos concedido se haya producido alguna «incidencia significativa para su disfrute», reseña el documento interno del Ministerio del Interior.
medidas. Para favorecer el correcto aprovechamiento del permiso, se prevé incluso el establecimiento de algunas medidas.
Eso sí, todas ellas deben quedar recogidas en el acuerdo de concesión de la Junta de Tratamiento.
Entre ellas destacan el establecimiento de contactos telefónicos del interno con algún trabajador del centro penitenciario, en fechas y horas determinadas. También se contempla la prohibición motivada de ir a determinados lugares o localidades, con independencia de lo que pueda constar en la sentencia y la obligación de acudir a alguna institución extrapenitenciaria de carácter asistencial o terapéutico, bien de forma puntual o residir en ella, si es el lugar de acogida durante el permiso.
Se incluye incluso la posibilidad de ser sometido a analítica sobre consumo de estupefacientes durante el permiso o al reingreso, en función de un compromiso terapéutico previo.