PERIODICO ENFOQUE FEBRERO - page 5

ENFOQUE
SALUD LABORAL
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Acaip hace una enmienda a la totalidad
del borrador presentado por la SGIP
Número 6
febrero 2017
E
l 18 de octubre de 2016, el PP,
PSOE, Ciudadanos, Podemos
y PNV, aprueban una Propo-
sición no de Ley, en la que se
instaba al Gobierno al establecimiento
de un “protocolo de actuación contra
las agresiones, que apueste por medi-
das y estrategias preventivas, siendo
además, un instrumento común de
actuación y un sistema de garantías
y apoyos suficientes para los emplea-
dos/as de las Instituciones Penitencia-
rias, que recoja e identifique los peli-
gros desde una perspectiva global de
la seguridad, así como una evaluación
de los riesgos de los distintos puestos,
de apoyo a las víctimas e incorporan-
do un refuerzo del papel del/la Dele-
gado/a de Prevención en todas las ac-
tuaciones (análisis, registro, denuncia,
y seguimiento de las actuaciones de
violencia en el trabajo).”
En el mes de diciembre, la Adminis-
tración facilitó un “Borrador de Proto-
colo de Actuación frente a la violencia
en el trabajo en los Centros Peniten-
ciarios y Centros de Inserción Social
Dependientes de la Secretaría General
de IIPP”, por lo que entendíamos que
asumía lo establecido en la Propo-
sición no de Ley; sin embargo, de la
lectura del documento aportado por
la Administración, se observa como
se ha producido una absoluta omisión
de lo indicado por el Congreso de los
Diputados, desde el momento en que
todo el documento gira en torno al
concepto de seguridad e ignora el de
prevención de riesgos laborales.
Acaip presentó alegaciones a este
borrador el pasado 19 de enero que su-
ponen, prácticamente, “una enmien-
da a la totalidad” del mismo, ya que
se aparta de forma considerable del
Protocolo de la AGE. Tanto es así que
hasta cambia la definición de violen-
cia, circunscribiéndola, únicamente,
a las lesiones físicas que puedan pro-
ducirse por una agresión de un interno
y excluyendo todas las demás. Desde
el sindicato entendemos que la defi-
nición válida es la utilizada por la Co-
misión Europea: “La violencia laboral
está constituida por incidentes en los
que el personal sufre abusos, amena-
zas o ataques en circunstancias rela-
cionadas con su trabajo - incluidos los
viajes de ida y vuelta a él – que pongan
en peligro, implícita o explícitamente,
su seguridad, su bienestar o su salud”.
Reconocer la especificidad del me-
dio penitenciario supone, según este
borrador, en diluir la violencia sufrida
por los trabajadores que se relacionan
con los internos porque existe una su-
jeción especial. Justifica las reacciones
y comportamientos de los internos
bien en sus carencias sociales, bien
en el encarcelamiento forzoso, en sus
adicciones o en enfermedades menta-
les. No trata la violencia o daño sufrido
como un hecho objetivo sino como un
hecho subjetivo que la propia Admi-
nistración circunscribe y limita tanto
en el concepto que lo vacía de conte-
nido, lo hace inútil, sin aportar nada
nuevo a la situación actual ni ampliar
ninguna protección al trabajador.
El borrador no contempla, a dife-
rencia del protocolo de agresiones de
la AGE, la posibilidad de acompaña-
miento de la persona agredida a los
servicios sanitarios, ni tampoco, dada
la ubicación de muchos de los centros
penitenciarios, como se producirá el
traslado del trabajador en el caso de
que no pueda valerse por sí mismo,
pero no llegue a ser necesario un tras-
lado en ambulancia.
No se hace referencia alguna a la
forma de reclamación de los daños
que sufre el trabajador. Entendemos
que el procedimiento más eficiente
pasaría por la contratación de un segu-
ro de reclamación de daños suficiente,
que garantice esa reclamación ante las
diversas instancias de los daños y per-
juicios sufridos. No se trata solamente
de actuaciones penales, sino también
de tener en cuenta el principio de in-
demnidad. Por ello, entendemos que
la mejor fórmula para acometer esta
solución consiste en aprovechar la
póliza existente en estos momentos
sobre accidentes y en el momento de
su renovación incorporar en la misma
un apartado relativo a la defensa ju-
rídica de los trabajadores agredidos,
cobertura perfectamente asumible si
tenemos en cuenta la cantidad presu-
puestada para esta póliza.
Entendemos que la investigación
de los incidentes violentos, no solo de
los que tengan como resultado lesio-
nes, se debe hacer en una doble ins-
tancia. Por un lado, por los servicios
de prevención y por otro por el centro
penitenciario, teniendo en cuenta en
esta última los aspectos de seguridad
e incluso médicos, debido el gran nú-
mero de incidentes provocados por
internos con enfermedades mentales.
El resultado de estas investigaciones
deberá trasladarse a los Delegados de
Prevención en el Comité de Seguridad
y Salud laboral correspondiente, para
dar cumplimiento, tal y como se in-
dicó anteriormente, al mandato de la
Comisión de Interior del Congreso de
los Diputados.
Todos podremos estar de acuer-
do en que la medida preventiva sus-
tancial, más eficaz en el medio pe-
nitenciario es el “conocimiento del
interno” por parte de los funciona-
rios, por cuanto como dice, ayuda a
predecir los comportamientos de este
y permite al funcionario anticiparse y
adoptar medidas preventivas. Y este
conocimiento debe abarcar todos los
aspectos trascendentes: regimenta-
les, sanciones disciplinarias, acti-
tudes violentas previas, situaciones
sociofamiliares que puedan incidir,
enfermedades que puedan favorecer
las conductas violentas o las adiccio-
nes que pudieran existir. Es impres-
cindible crear una ficha de acceso di-
recto desde los sistemas informáticos
penitenciarios donde se recojan estas
circunstancias y puedan ser fácil-
mente accesibles para los trabajado-
res afectados. Lógicamente, sería im-
portante concretaren este protocolo
cómo se va a facilitar al funcionario la
información que permita “el conoci-
miento del interno”: a mayor calidad
y precisión de la información, mayor
eficacia en la adopción de las medi-
das preventivas.
Junto con la información, es im-
prescindible una formación adecuada
para afrontar las situaciones conflic-
tivas y la diferente tipología de la po-
blación reclusa. La experiencia indica
que, para abordar los temas preventi-
vos, en general, y en concreto, en los
de violencia, la formación es una he-
rramienta muy eficaz, por lo cual ha-
brá que diseñar programas de forma-
ción de calidad y específicos para el fin
que se persigue, ya que no valdrían los
programas genéricos que se imparten
por los servicios de prevención.
Esperamos que la Administración
tenga en cuenta las alegaciones efec-
tuadas y que ningún Sindicato firme
un protocolo que nos reconoce como
trabajadores de segunda clase dentro
de la Administración.
La Administración Penitenciaria pretende convertirnos en empleados públicos de segunda categoría, quizás con la
anuencia de algún otro Sindicato
PROTOCOLO DE VIOLENCIA EN EL TRABAJO EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS
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